El ministerio de Trabajo informa que, indefectiblemente, el próximo 28 de enero de 2010 vence, sin posibilidad alguna de prórroga, la oportunidad de registrar a los trabajadores con los beneficios que el Gobierno otorga a los empleadores a través de la Ley 26.476.
Entre otros beneficios, la referida Ley establece que todo empleador que regularice a sus trabajadores no registrados esta exento de pagar deudas previsionales con la AFIP, intereses o multas, ya sean de la AFIP, de este ministerio de Trabajo de la Nación o de los distintos entes con capacidad para sancionar al empleo no registrado como el IERIC, el RENATRE (trabajadores rurales) y las multas aplicadas a la luz de la ley 25.212.
Este beneficio favorece, fundamentalmente, a las pequeñas y medianas empresas que alegan no poder registrar a sus trabajadores debido al costo de la deuda que implicaría el pago de aportes y contribuciones no ingresados oportunamente. La ventaja que ofrece la Ley 26476, hasta el 28 de enero, es liberar esa deuda y que el reconocimiento de las relaciones laborales preexistentes no es tomado en cuenta
para las liquidaciones pasadas de impuestos a las ganancias. Es decir, el costo es: CERO PESOS, exceptuando las cargas devengadas durante el año 2009.
Entre otros beneficios, la referida Ley establece que todo empleador que regularice a sus trabajadores no registrados esta exento de pagar deudas previsionales con la AFIP, intereses o multas, ya sean de la AFIP, de este ministerio de Trabajo de la Nación o de los distintos entes con capacidad para sancionar al empleo no registrado como el IERIC, el RENATRE (trabajadores rurales) y las multas aplicadas a la luz de la ley 25.212.
Este beneficio favorece, fundamentalmente, a las pequeñas y medianas empresas que alegan no poder registrar a sus trabajadores debido al costo de la deuda que implicaría el pago de aportes y contribuciones no ingresados oportunamente. La ventaja que ofrece la Ley 26476, hasta el 28 de enero, es liberar esa deuda y que el reconocimiento de las relaciones laborales preexistentes no es tomado en cuenta
para las liquidaciones pasadas de impuestos a las ganancias. Es decir, el costo es: CERO PESOS, exceptuando las cargas devengadas durante el año 2009.
Otro de los beneficios que otorga la Ley 26.476 es que por cada trabajador regularizado, el empleador gozará de una baja en el pago de las contribuciones patronales por el término de dos años, estableciendo una reducción del 50% durante el primer año y del 25% durante el segundo año de regularización. (Con exclusión de obra social y pago de ART).
Fuente: Ministerio de Trabajo - ver noticia completa-

